Para el análisis de este video revisemos unos cuantos conceptos:
Concepto de Titularización
Siendo que no hay una definición uniforme sobre el tema, a continuación se presenta algunos conceptos sobre titularización:
1. Es el proceso mediante el cual se transforman activos en títulos o valores que son destinados a circular, es decir, a ser vendidos al público en general en los mercados organizados de valores.
2. La titularización consiste en la venta, a través de títulos o bonos, de parte de los activos improductivos de una compañía. En el caso de las hipotecas, que son deudas a largo plazo, se consigue fondos a corto plazo para volver a inyectarlos en nuevas hipotecas.
3. De acuerdo con la definición de la Real Academia de la Lengua Española, la Titularización es "Convertir determinados activos, generalmente préstamos, en valores negociables en el mercado".
Concepto de Fideicomiso: Un fideicomiso (del latín fideicommissum, a su vez de fides, "fe", y commissus, "comisión") es un contrato o convenio en virtud del cual una persona, llamada fideicomitente o también fiduciante, transfiere de manera irrevocable bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (una persona natural, llamada fiduciaria), para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario. Cabe señalar que, al momento de la creación del fideicomiso, ninguna de las partes es propietaria del bien objeto del fideicomiso. El fideicomiso es, por tanto, un contrato por el cual una persona destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria en todas las empresas.
Fideicomiso Mercantil:
Concepto: Es un contrato en virtud del cual una o más personas llamadas constituyentes o fideicomitentes transfieren, de manera temporal e irrevocable, la propiedad de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales, que existen o se espera que existan, a un patrimonio autónomo, dotado de personalidad jurídica para que la sociedad administradora de fondos y fideicomisos, que es su fiduciaria y en tal calidad su representante legal, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de constitución, bien en favor del propio constituyente o de un tercero llamado beneficiario. El fideicomiso mercantil será el titular (dueño) de los bienes que integran el patrimonio autónomo.
Para ser válido el contrato de fideicomiso debe constar por escritura pública, además deberán cumplirse las formalidades que se requieran para transmitir la propiedad de los bienes fideicomitidos, es decir, inscribirlo en el Registro de la Propiedad del lugar, etc.
Características: Como resultado de la constitución de un fideicomiso mercantil, se crea un patrimonio autónomo, el cual tiene algunas características importantes:
Confianza: En esencia, la constitución de un fideicomiso mercantil se basa sobre una relación de confianza entre el constituyente y el administrador de los bienes fideicomitidos. La confianza es el atributo más importante de cualquier negocio, y es fundamental para llevar a cabo la gestión encomendada; pero sobre todo la confianza en gente profesional y técnica, con criterio para el manejo de sus proyectos e ideas.
Independencia: El patrimonio autónomo que se conforma con el conjunto de bienes o derechos que se transfieren al fideicomiso, es separado e independiente de los patrimonios de sus constituyentes, de la fiduciaria y de cada negocio fiduciario que esta administre. Fondos Pichincha S.A. en calidad de administrador de fideicomisos, mantiene una contabilidad y rendición de cuentas separadas por cada fideicomiso que administre.
Irrevocabilidad: El fideicomiso mercantil está definido como un contrato de naturaleza irrevocable, es decir que la restitución de los bienes o derechos materia de la transferencia de dominio se la puede realizar únicamente de acuerdo a las disposiciones e instrucciones determinadas en el contrato de fideicomiso y éstas no podrán ser modificadas en lo más mínimo, salvo que tal posibilidad sea establecida expresamente en el contrato.
Solemnidad: El contrato de fideicomiso mercantil debe contar con la solemnidad de escritura pública, donde un notario público da fe de lo actuado, garantizando así, plena transparencia entre las partes que intervienen en el fideicomiso.
Indelegabilidad: Tratándose de un negocio de confianza, la responsabilidad de FondosPichincha S.A. es indelegable; sin que esto obste a que el fiduciario no pueda contratar con terceros la ejecución de uno o varios actos necesarios para la ejecución del objeto del fideicomiso.
Onerosidad: Como todo contrato de naturaleza mercantil el fideicomiso será siempre remunerado.
Especialización fiduciaria: FondosPichincha S.A. realiza todas las gestiones administrativas, financieras y legales destinadas al cumplimiento del objetivo determinado por el cliente, en el contrato de fideicomiso. La participación de FondosPichincha S.A. es de medio y no de resultado, esto quiere decir que actuamos diligentemente para que los acuerdos entre las partes y las instrucciones se cumplan, pero no pueden garantizarse resultados.
Tomado de la página de fondos pichincha (no pondremos el link por no hacer propaganda).ANÁLISIS DEL VIDEO
Si bien es cierto ya el Señor Manzur (no puedo decirle abogado, no sé por qué) no forma parte de este directorio, tomo este video para desglosar algunas cosas que estos señores dirigentes que tenemos no han sabido aún dilucidar pues en su desesperación por "salir de deudas" no hacen mas que tomar decisiones erradas que terminan perjudicando más a nuestro club. Gracias a Dios este intento de "titularización" no se dio con nuestro equipo.
Manzur afirmaba que al finalizar este año la dirigencia estaba segura que se iba terminar sin deudas, y de su propia boca sale que la deuda asciende a los 13 millones de dólares (según calcula, es decir que no sabe la cantidad exacta, eso está mal pues se necesita estar bien empapado del tema para poder negociar cualquier tipo de financiamiento o movimiento financiero que se pretenda realizar) y que con la creación de un fideicomiso y la titularización del mismo todos los males de Barcelona iban a solucionarse, afirmaba que el Banco del Pichincha iba a aportar 10 millones de dólares sin intereses, yo creo que ni el más optimista de los directivos se puede creer semejante patraña, o sea que debemos digerir nosotros los barcelonistas que el Banco Pichincha pretendía recibir únicamente los beneficios de "publicidad", realmente es inverosímil que un abogado hable de ese modo, afirma que el banco quiere estar "amarrado" a una institución exitosa (que contradicción, tenemos 13 años sin títulos ¿dónde está el éxito?) y que él asume que "ese es el análisis que el banco habrá hecho", luego en su nerviosa exposición intenta explicar que el banco pretende sacar de inmediato la titularización de un fideicomiso MERCANTIL y vender los títulos a cualquier persona en la bolsa de valores, Manzur en este video afirma que los bienes inmuebles (activos tangibles: estadio, concentraciones, parqueaderos, etc.) de Barcelona no van a ponerse en riesgo ni se van a transferir, pero el concepto de Fideicomiso dice otra cosa, entonces ¿Cómo se les puede creer? ¡Si ni ellos mismos saben lo que están haciendo!
En lugar de andar tratando de dar explicaciones a los periodistas de todos los medios es mejor que se dediquen a hacer cursos de dirigencia deportiva y que aprendan a que las decisiones que va a tomar un directorio deben ser consultadas primero con LA ASAMBLEA DE SOCIOS y no con un panel de periodistas que lo único que buscan es el rating pues eso les da de comer, ahora como Barcelona esta de capa caída buscan a como de lugar sacar provecho aunque sea con este tempestad dirigencial que nos está tocando vivir.
¡Basta de improvisados! Para ser dirigente deportivo ahora hay que estudiar y no pretender dirigir un club a modo de "prueba y error", ya está demostrado que así no se puede.
Gracias al grupo barcelonista Revolución Torera se pudo conocer este gravísimo error que la dirigencia estuvo a punto de cometer y por suerte se echaron para atrás y no pasó a mayores, pero, imagínense ¿Qué hubiese pasado si todos bienes tangibles (estadio, concentracion, cancha alterna, etc..) e intangibles (marca) de Barcelona (fideicominente) hubieran pasado 100% a manos de la entidad fiduciaria (Bco. Pichincha)?
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